Tribunal pone fin a la persecución política iniciada por Álvarez-Buylla contra 31 científicos: confirma que no se les puede imputar ningún delito

Información de Latinus

Ciudad de México, 02 de mayo (entresemana.mx). El Segundo Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito en el Estado de México ratificó la orden a la fiscalía General de la República (FGR) de cerrar el proceso que inició en contra de Enrique Cabrero Mendoza, exdirector del extinto Conacyt, y otros 11 científicos, en una resolución que es extensiva al total de 31 académicos y administrativos que fueron denunciados por la titular del organismo, María Elena Álvarez-Buylla.

Desde septiembre de 2021, la FGR determinó ejercer acción penal contra 31 científicos y administrativos por los delitos de peculadouso ilícito de atribuciones y facultades, operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada.

En el reciente caso resuelto en un tribunal, además de Cabrera Mendoza, quedaron absueltos Alberto Borja Tamayo, Gerardo Carreón Rodríguez, Adolfo Guajardo Mendoza, José Rodrigo Roque Díaz, Elías Micha Zaga, María Dolores Sánchez Soler, Mónica Ramírez Bernal, Mauricio Francisco Coronado García, David García Junco Machado, Luis Gabriel Torreblanca Rivera y Julio Cesar Ponce Rodríguez.

Álvarez Buylla señaló a los científicos de asignar de manera irregular recursos millonarios desde distintos fideicomisos del Conacyt al Foro Consultivo, Científico y Tecnológico, A.C., una asociación civil privada.

Asimismo, algunos científicos fueron señalados de peculado debido a tenían cargos directivos en el Conacyt y, con sus facultades, aprobaron aportar recursos al foro.

Entre las 31 personas denunciadas había funcionarios del Conacyt que autorizaron el financiamiento e integrantes del Foro, quienes recibieron los recursos. Por ello, fueron acusados de delincuencia organizada

Sin embargo, en al menos dos procesos penales, los jueces concluyeron que no podía imputarlos por peculado —el delito base de la acusación—, porque la ley autorizaba que el Conacyt otorgara financiamiento al Foro Consultivo.

Como no se sostuvo el delito de peculado tampoco se pudieron demostrar el resto de los delitos, incluso en septiembre de 2021 un juez negó girar ordenes de aprehensión contra los acusados al considerar que no había delito.

La FGR apeló las decisiones de los jueces, pero el tribunal colegiado, que sesionó el 25 de abril y se notificó el 30 del mismo mes, ratificó la decisión de los jueces que consideraron legal la actuación de los científicos y ordenó sobreseer el juicio.

Los magistrados coincidieron en que ya hay una determinación de que las acusaciones no constituyen un hecho delictivo.

“Conforme a la relación de la normatividad aplicable y la puntualización de los hechos que invocó la fiscalía en los que se involucraba el otorgamiento de financiamiento al Foro Consultivo Científico y Tecnológico, Asociación Civil, se determinó que esos hechos de ninguna manera podían ser analizados a la luz del derecho penal, porque la obligación del “Conacyt” de dotarlo de los recursos económicos para su adecuado funcionamiento, en su momento, estuvo prevista en la ley que regula precisamente el funcionamiento del Foro referido y en el Estatuto entonces vigente”, dice la sentencia del tribunal en poder de Latinus.

La decisión de colegiado es inapelable y la FGR ya no podrá recurrir a ninguna instancia.

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