EL OTRO DATO/ La Corte sí está con el pueblo

JUAN CHÁVEZ. No solo los piquetes (vacunas) combaten ala covid-19. Cuentan también, y mucho, las medidas sanitarias, entre las que tiene un papel esencial el cubrebocas. Y la Corte ha dado el paso que el indeciso y sus discursivas mañaneras, no se han atrevido dar: declarar obligatorio el uso del cubrebocas.

No es, por desgracia, una sentencia de la suprema justicia que abarque a todo el país, sino solamente a las entidades que han dispuesto tal obligatoriedad a sus habitantes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado que gobiernos estatales puedan ordenar el uso obligatorio de cubrebocas

El ministro Luis María Aguilar Morales dijo que la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León no invade ni genera inseguridad jurídica hacia las directrices de manejo de la pandemia determinadas por la Federación.

El pleno de la SCJN validó que las autoridades sanitarias estatales puedan ordenar el uso obligatorio de cubrebocas a los ciudadanos como medida de prevención de contagio de Covid-19.

Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de modificaciones a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León para hacer obligatorio el uso de cubrebocas a sus ciudadanos y emitir sanciones, por mayoría de ocho ministros, el pleno del máximo tribunal determinó que el Consejo General de Salubridad, el presidente de la República y la secretaría de Salud federal, son las autoridades responsables de emitir emergencia sanitaria nacional, así como de las medidas de la prevención y control de enfermedades transmisibles graves.

Sin embargo, estableció que mientras dichas autoridades no dicten una regulación específica sobre el uso de cubrebocas, los gobiernos estatales pueden adoptar medidas adicionales siempre que no vayan en contra de las normas generales dictadas por la Federación.

El pleno de la SCJN declaró la validez de la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León que establecen que durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria provocada por una enfermedad contagiosa, la autoridad sanitaria estatal podrá declarar obligatorio el uso del cubrebocas para todas las personas, excepto para los menores de dos años, y permanecerá vigente hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión. El uso de cubrebocas es obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo.

La decisión del Alto  Tribunal, con su presidente Arturo Zaldívar por delante, muestra que los ministros, los ocho que votaron a favor, sí piensan en proteger la salud del pueblo y no como se pregona en Palacio Nacional, frente a las cifras de miles de contagios todos los días con simples recomendaciones que el presidente López Obrador es el primero en violarlas al no usar cubrebocas.

www.entresemana.mx

Check Also

EL OTRO DATO/ Tribunal Superior de Justicia de CDMX

JUAN CHÁVEZ Mañana sábado 20 de abril suman 496 los años de impartirse justicia del …