Cofepris debe informar del uso de Ivermectina en pacientes con Covid-19 en la CDMX

Ciudad de México, 21 de abril (entresemana.mx). La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) debe entregar cualquier informe, consulta, evaluación, certificación, autorización o dictaminación sobre el aspecto bioético en el uso de ivermectina y que el Gobierno de la Ciudad de México distribuyó entre personas infectadas por el virus SARS-CoV2,
Así lo determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), solicitando además que esto deberá hacerse a través de un documento o archivo en el que se constate la determinación del uso de dicho medicamento.
Esto es de gran relevancia para que la sociedad conozca la forma en que nuestras autoridades sanitarias se han conducido respecto al manejo de esta pandemia, en especial si se trata del posible uso de un medicamento que pudo haber causado efectos secundarios, concretamente en personas habitantes de la Ciudad de México”, afirmó el Comisionado Adrián Alcalá Méndez al presentar el asunto ante el Pleno.
Así que “la búsqueda y la publicidad de cualquier información que esté relacionada con la contingencia sanitaria, el Covid, los tratamientos y los medicamentos que son utilizados resultan de gran importancia”, resaltó.
Señaló que una persona requirió copia del documento o archivo que constate cualquier informe, consulta, evaluación, certificación, autorización o dictaminación sobre el aspecto bioético en el uso del medicamento llamado ivermectina como terapéutico contra la Covid-19.
En su requerimiento, la persona indicó que el gobierno de la Ciudad de México distribuyó entre personas infectadas por el SARS-CoV-2 que padecieron Covid-19, como lo indica su estudio titulado “La ivermectina y las probabilidades de hospitalización por Covid-19: evidencia de un análisis cuasi-experimental basado en una intervención pública en la Ciudad de México”.
En su respuesta, la Cofepris precisó que la información solicitada no formaba parte de la documentación que, con base en sus facultades, se deba resguardar o documentar en los sistemas electrónicos con los que se cuenta, por lo que no entregó la información solicitada.
Inconforme con la respuesta de inexistencia de la información, el particular presentó ante el INAI un recurso de revisión en el que manifestó que la Cofepris no cumple con sus funciones como lo dispone la Ley General de Salud.
Asimismo, indicó que el documento referido en la solicitud fue realizado por instituciones públicas de la Ciudad de México y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mediante el cual se suministró un medicamento de uso veterinario antiparasitario llamado ivermectina para el tratamiento de enfermos con COVID-19, a más de 100 mil personas en la capital del país.
El Comisionado relató con detalle los estudios realizados en el exterior sobre la Ivermectina, entre los que se encuentra la revista British Medical Journal, se advierte que, en 2021, el Gobierno de la Ciudad de México entregó cerca de 200 mil kits para realizar un estudio con el fin de reducir los efectos de hospitalización en aquellos pacientes que dieron positivo a COVID-19; kits que contenían, entre otras cosas, ivermectina de 6 miligramos”, además de que a las personas que se les proporcionó no se les pidió su consentimiento para participar en esta investigación, hecho que se calificó como un escándalo ético.
La publicación añadió que, además de exponerlos a efectos secundarios de los medicamentos, también se vulneró su derecho humano de acceso a la información respecto de lo que se les estaba suministrando al proporcionarles el citado kit”.
Después de analizarse la respuesta de la Cofepris, se detectó que fue omisa en turnar la solicitud a la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura responsable, entre cosas, de vigilancia epidemiológica, así como las encaminadas a esta evaluación y seguimiento de los eventos asociados con el uso de medicamentos y productos biológicos.
Con ello, se advierte que el sujeto obligado utilizó un criterio de búsqueda restrictivo, pues resulta obvio que debe contar con información relacionada con el uso de este medicamento.
En virtud de lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta ofrecida anteriormente por la Cofepris y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva y razonable en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Comisión de Autorización Sanitaria y la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura, respecto del documento o archivo que constate cualquier informe, consulta, evaluación, certificación, autorización o dictaminación sobre el aspecto bioético en el uso del medicamento llamado “ivermectina” como terapéutico contra la Covid-19 y que el gobierno de la CDMX distribuyó entre personas infectadas por el SARS-CoV2.

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