Ciudad de México, 26 de junio (entresemana.mx). La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) fijó un ultimátum a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, otorgándole un plazo de 72 horas, para determinar la incorporación del Movimiento Ciudadano y, por lo tanto, deberá definir a qué fracción parlamentaria deberá restarle ese espacio.
El TEPJF también impuso una amonestación pública a sus integrantes advirtiendo que “en caso de persistir en el desacato, se puedan tomar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la sentencia.
La autoridad electoral hizo notar, ante el incumplimiento de la Jucopo en la Cámara Baja que el Tribunal “es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral y sus resoluciones son definitivas, firmes e inatacables, por lo que deben ser cumplidas en los términos establecidos”.
En una resolución privada en la que con sólo con los votos en contra de Mónica Soto y José Luis Vargas, cinco magistrados se pronunciaron por declarar fundado el incidente de incumplimiento de sentencias relacionadas con la integración de la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados promovidos por Movimiento Ciudadano.
Al emitir esta nueva resolución, el Tribunal Electoral recuerda que ya desde enero pasado, en un primer desencuentro por la conformación de este órgano se había determinado que la “Comisión Permanente debía estar integrada conforme al principio de máxima representación efectiva, con base en los criterios de proporcionalidad y pluralidad”.
El TEPJF desestimó los argumentos de la Jucopo que apelaba a la imposibilidad de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia principal, por lo que ordenó que el citado órgano se integrará por todos los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados, y que “en caso de incumplimiento, se les podría imponer las medidas de apremio necesarias”.
Advierte que el derecho a la tutela judicial efectiva implica la plena ejecución de las sentencias y la eliminación de todos los obstáculos, además de que el incumplimiento de una sentencia es una falta que se debe sancionar, por ser una vulneración directa a la Constitución.
Por tanto, se determinó imponer una amonestación pública a los integrantes de la Jucopo y se les ordenó que, en un plazo de 72 horas, definan «a qué grupo parlamentario se le deducirá un lugar para asignárselo a la que Movimiento Ciudadano defina».