Ciudad de México, 05 de abril (entresemana.mx). Anulan el decreto que facultaba al mandatario para disponer del dinero obtenido por medidas de austeridad. Con mayoría de nueve votos a favor, los ministros de la Suprema Corte determinaron que el Congreso no puede renunciar a su facultad de determinar el gasto público.
Durante la sesión del Pleno de la Corte, la mayoría de nueve ministros votó a favor de la propuesta de Norma Lucía Piña Hernández que establece que esta facultad conferida al Ejecutivo federal en la Ley Federal de Austeridad Republicana implica que la Cámara de Diputados renuncie a su facultad exclusiva de determinar el destino y el monto del gasto público federal.
“Si bien debe haber cierta flexibilidad en las normas presupuestarias para hacer frente, eficazmente, a imponderables como la disminución o el aumento en los ingresos previstos para cubrir el presupuesto, ello no puede llegar al extremo de que la Cámara de Diputados renuncie a su facultad exclusiva de determinar el destino y el monto del gasto público federal, delegando esa facultad en el Ejecutivo.
«Con ello frustra la función que la Constitución le atribuye en exclusiva en esta fase del ciclo presupuestario: ejercer un control democrático efectivo sobre el gasto público federal, autorizando el destino y monto específico del mismo”, señaló la ministra al exponer el caso.
De esta forma, se declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley de Presupuesto de la Responsabilidad Hacendaria que señala: “Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere”.