>> Caso Esquivel, todos lo batean
>> Asunto de urgente y obvia resolución
>> UNAM si puede, pero no quiere
AGUSTÍN VARGAS*. El gobierno de la 4T no quiere tener en su cancha la “papa caliente” y mucho menos resolver el caso de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional, Yazmín Esquivel Mossa, porque eso significaría aceptar otra derrota en sus planes de expansión y consolidación de su supuesta transformación de la vida pública en México. Más todavía, le pega y mucho al ego del inquilino de Palacio Nacional, porque fue él quien postuló y encumbró a la ministra en ese cargo.
Aunque es un asunto de urgente y obvia resolución, ni el gobierno ni la propia Universidad Nacional Autónoma de México, que encabeza Enrique Graue, quieren entrarle al tema para darle una solución definitiva. El rector se excusó de atender el caso, porque según él, la UNAM carece de facultades para cancelar el título de Licenciada en Derecho que expidió a la entonces alumna Yasmín Esquivel Mossa y por ello lo turno a la Secretaría de Educación Pública.
El pasado lunes 16, la SEP a cargo de Leticia Ramírez Amaya, devolvió a la UNAM la resolución sobre el plagio en que incurrió la ministra Esquivel y le notificó que, en tanto el título no sea declarado inválido por la autoridad jurisdiccional competente, la Dirección General de Profesiones carece de facultades para intervenir e indicó que si la Universidad considera que es un acto susceptible de un ilícito debe denunciar ante los órganos de procuración de justicia.
¿Por qué el doctor Grau no quiere atender este asunto de vital importancia para la UNAM, por el gran prestigio que envuelve a esa casa de estudios? Para muchos tiene sentido la excusa del rector debido a que, afirman, es partidario de la 4T y no quiere desatar la irá del inquilino de Palacio Nacional, no obstante que el señor López sigue denostando e insultando a la casa de estudios y a toda la comunidad universitaria.
La UNAM, por supuesto tiene facultadas para revocar el título profesional de Yasmín Esquivel Mossa, y sobre el particular Reglamento General de la Universidad, en su artículo 97, fracción II, establece que: el “alumno que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta en las pruebas de aprovechamiento, será suspendido hasta por un año, sin perjuicio de la nulidad del examen sustentado”.
Más aún, el Artículo 97, modificado en sesiones del Consejo Universitario del 15 de diciembre de 1948; 28 de noviembre de 1969, y 16 de abril de 1986, publicado en Gaceta UNAM el 19 de mayo del mismo año, refiere que: Los alumnos serán responsables particularmente por el incumplimiento de las obligaciones que les señalen los reglamentos que menciona el artículo 87, y por actos contra la disciplina y el orden universitario.
Por su parte, la fracción VIII del artículo 3° de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo señala que los actos administrativos (como lo es un título universitario) deben ser expedidos «sin que medie error sobre el objeto, causa o motivo, o sobre el fin del acto». En este mismo sentido, el artículo 6° de dicha ley indica que la omisión o irregularidad en dicho requisito produce la nulidad del acto.
Al respecto, el artículo 1° de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo indica que dicho ordenamiento le es aplicable a los organismos descentralizados, mientras que el artículo 1° de la Ley Orgánica de la UNAM señala que ésta es un organismo descentralizado.
Es claro que las causales de nulidad establecidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo les son aplicables a los actos de la UNAM, sobre todo ahora que la propia Universidad acreditó y resolvió que la tesis presentada por la ministra Esquivel para obtener el título de Licenciada en Derecho es una copia de la que presentó antes el alumno Édgar Ulises Báez.
Se trata pues, de un fraude que denominan plagio de tesis y por tanto el examen de titulación sería nulo ipso jure, como refiere puntalmente nuestro colega José Luis Palacios, de Página Ciudadana.
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*Periodista, director de la Revista Hábitat Mx