PARA CONTAR/ Trabajo extra para la Corte

ARTURO ZÁRATE VITE. EL expediente llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por el cúmulo de graves violaciones a los derechos humanos durante el desarrollo del proceso penal. Tiene el número 246/2023.

Si todos los juzgadores que han intervenido en este caso hubieran actuado con honestidad, conforme a Derecho e imparcialidad, hace varios años que estuviera cerrado.

Sigue abierto a pesar de que el imputado obtuvo dos resoluciones de inocencia de distintas autoridades y la contraparte, notificada personalmente, nunca apeló en el plazo establecido por la ley.

Fuera de tiempo, sin respetar el principio de definitividad, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en la Ciudad de México, reabrió el proceso.

El tribunal incurrió en error jurídico que no prescribe; lo cometió por encima de sus propios criterios establecidos por unanimidad. Perdió la línea recta que debe caracterizar su desempeño. De ser corregido, quedará firme la resolución de inocencia.

Hay consenso de la sociedad de luchar en defensa de las mujeres. Lo que no se vale es utilizar esta bandera para lastimar inocentes.

Tampoco la mentira puede ser admitida como directriz para impartir justicia con perspectiva de género.

Mucho menos utilizar el sistema de justicia para perseguir y agredir al periodista acusado.

El caso amerita revisión exhaustiva, porque entre las agravantes están la tortura y la violación al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El juzgador no resolvió la situación jurídica del detenido en las 72 horas que marca la ley.

Además, fue internado en el penal de máxima seguridad de El Altiplano, como si fuera uno de los delincuentes más peligrosos de nuestro país, por un supuesto delito que no cometió.

La Recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos 27/2013 revela detalles de los atropellos que deberán de considerarse para que prevalezca la justicia.

El Órgano Interno de Control de la misma CNDH investigó imputación contra quien hace más de 10 años se desempeñaba como vocero de dicha comisión nacional. Nunca encontró nada que pudiera tipificarse como delito, mucho menos hostigamiento o abuso sexual.

Hay juzgadores que han ignorado graves contradicciones de la parte acusadora, como si respondieran a la consigna de encerrar al periodista, por lo que sea y como sea.

En diciembre pasado lo intentó la magistrada Graciela Guadalupe Rodríguez Escobar, del Primer Colegiado de Apelación en Materia Penal. Dio por concluido el proceso y ordenó ejecutar sentencia.

La cautela del juez Alfredo Silva Juárez, titular del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México, evitó atrocidad mayúscula; no procedió con la celeridad que seguramente esperaba la magistrada. Se tomó el tiempo que le daba la ley y, en ese lapso, Guadalupe Rodríguez Escobar se vio obligada a rectificar.

Pretendió brincarse, sin éxito, al máximo tribunal.

Los excesos a lo largo del proceso ahora se han traducido en trabajo extra para la Suprema Corte.

La ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández firmó el acuerdo que admitió el Recurso de Revisión.

Se turnó el caso al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien elaborará proyecto de dictamen que en su oportunidad evaluarán y votarán integrantes de la primera sala de la SCJN.

@zarateaz1

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