>> El ministro Alberto Pérez Dayan sumó su voto al de las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, lo que dejó sólo siete votos a favor de invalidar la reforma judicial impulsada por AMLO y aprobada por la mayoría del Congreso
Rita Magaña Torres
Ciudad de México, 05 de noviembre (AMEXI). La reforma judicial queda intacta. Después de más de cinco horas de debate, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto del ministro Luis González Alcántara Carrancá para invalidar partes de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF).
La votación mayoritaria concluyó que son necesarios ocho votos para invalidar la reforma, lo que dejó el proyecto sin suficientes apoyos para proceder, luego de que el ministro Alberto Pérez Dayán sumó su voto al de las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz.
La reforma judicial, propuesta por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador y respaldada por las cámaras de Diputados y Senadores y los congresos estatales, incluye disposiciones como la elección de ministros, jueces y magistrados por voto popular, una medida que generó amplio debate en la sesión. El proyecto de González Alcántara Carrancá, que planteaba la inconstitucionalidad de esta reforma, sólo alcanzó siete votos, uno menos de los ocho que necesitaba para alcanzar la mayoría calificada, por lo que la reforma judicial quedó intacta.
Implicaciones de la reforma y el proyecto desestimado
El proyecto del ministro González Alcántara Carrancá buscaba declarar inconstitucional la elección de jueces y magistrados mediante voto popular, la remoción masiva de jueces y magistrados, el recorte salarial para los jueces en funciones, y la inatacabilidad de las sentencias del Tribunal de Disciplina. También proponía regular el régimen de los poderes judiciales locales y prohibir la suspensión de normas en juicios de amparo.
La discusión, que se prolongó durante horas, giró en torno a la votación mínima para aprobar el proyecto y la legitimidad de los partidos políticos (PAN, PRI y Movimiento Ciudadano) para impugnar reformas a la Constitución. Con siete votos a favor y cuatro en contra, la SCJN reconoció que las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos proceden, aunque aún queda por definir si la votación alcanzada es suficiente para invalidar partes de la reforma.
Votación dividida y próximos pasos en la discusión
Los ministros acordaron, con ocho votos a favor, que los partidos políticos están legitimados para interponer acciones de inconstitucionalidad contra reformas constitucionales de carácter electoral. Sin embargo, las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz votaron en contra, con el argumento de que la Constitución impide impugnar sus propias reformas.
Tras horas de discusión y una votación de siete a cuatro a favor del proyecto, no se logró el consenso suficiente para invalidar las reformas en cuestión. La SCJN, ante la falta de mayoría calificada, decidió sobreseer las impugnaciones presentadas y continuará con el análisis de fondo en futuras sesiones.
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