JUEGO DE PALABRAS/ Transgresiones constitucionales de la 4T

YANETH TAMAYO ÁVALOS (SemMéxico, Querétaro). Las recientes propuestas de reforma constitucional presentadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, ha traído consigo un profundo debate entre la apelación al consenso de un poder político de mayoría y el diálogo de la comunidad defensora de derechos humanos.

La búsqueda de un proceso de justicia compatible a los tiempos actuales mantiene a una asamblea bicameral en constante enfrentamiento por defender sus intereses y utilidades.

La falta de limitación al poder político y la omisión por parte de las y los legisladores para hacer frente a los compromisos establecidos por organismos internacionales respecto de la protección de los derechos humanos, pone en tensión lo tutelado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al provocar una serie de contradicciones que afectan a los derechos humanos.

El uso indiscriminado de la prisión preventiva oficiosa, así como de la militarización de la seguridad pública, es el resultado de las ínfulas de los constituyentes que intentan elaborar disposiciones constitucionales irresponsables “en favor” del Estado, creyéndose inimputables por las situaciones que aquejan al país.

Olvidaron que, desde hace varios años, la militarización en las tareas de la seguridad pública ha recrudecido la violencia y su relación con los altos niveles de impunidad respecto de las graves violaciones a los derechos humanos de las víctimas y familiares.

Los altos niveles de violencia, así como las políticas de seguridad ineficaces, han evidenciado a un gobierno que no le interesa las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales y tortura; la situación de inseguridad de las mujeres, la niñez, las personas migrantes, defensoras de derechos humanos y periodistas, quienes son víctimas de asesinatos, desapariciones, secuestros, tortura, amenazas y hostigamientos.

No se ha entendido que, la falta de controles al exceso de poder crea situaciones de impunidad de carácter estructural que tienen el efecto de perpetuar y, en ciertos casos, de impulsar la repetición de las graves violaciones a los derechos humanos.

Las barreras en el acceso a la justicia y la inoperancia, en muchos casos con la impunidad resultante, han debilitado el Estado de Derecho y constituyen desafíos urgentes.

Realizar este tipo de reformas trae como resultado la inercia, el silencio y la permanente pasividad del legislador, provocando que la norma que se crean mantenga situaciones jurídicas no queridas por la constitución.

Como lo ha referido Néstor Sagües “el Estado puede pecar de inconstitucionalidad no solamente dictando normas inconstitucionales, sino también no dictando aquellas normas generales que la Constitución le manda promulgar”.

La constitución afronta siempre el riesgo de ver socavada su fuerza directriz a manos de actores particularmente poderosos, y con tendencia a presentar resistencia a la vocación encauzadora de toda norma.

Los grupos políticos que hoy dominan en el Congreso de la Unión, han olvidado que el Estado se encuentra en una relación sometida al ordenamiento jurídico con sus gobernados y que, por esa razón están al servicio de estos, por ello, son responsables sin excepción alguna de los perjuicios que ocasionen en el desarrollo de su actividad.

Legitimar la prisión preventiva oficiosa y la militarización de la seguridad pública provocará que el Estado incumpla con su responsabilidad de adoptar una política de seguridad ciudadana que responda a las obligaciones internacionales en derechos humanos.

En conclusión, si el Estado no cumple con su misión de brindar seguridad a sus gobernados/as, se torna ineficaz, y si además se niega a reconocer y reparar las consecuencias de un ejercicio deficiente, inadecuado o arbitrario del poder, estará sujeto a acrecentar sus niveles de deslegitimación.

El Estado tiene sentido y razón legítimos de ser, en la medida en que cumple con estos propósitos que se resumen en la noción del bien común.

Podemos afirmar que la responsabilidad estatal, se constituye en el contrapeso jurídico establecido a favor de las personas para hacer frente al ejercicio inadecuado del Estado.

*Sexto Informe de Seguimiento de Recomendaciones Formuladas por la CIDH en el Informe Sobre Situación de Derechos Humanos en México.

https://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2021/capitulos/IA2021cap5.MX-es.pdf

www.entresemana.mx

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