YANETH TAMAYO ÁVALOS (SemMéxico, Querétaro, Querétaro). Hace unos días en Querétaro, un menor de edad -14 años- fue agredido por sus compañeros de escuela, quienes le rociaron alcohol y le prendieron fuego.
Los padres del menor, denunciaron que la directora del plantel educativo tenía de conocimiento que los compañeros de clase y la profesora a cargo, ejercían actos de discriminación y acoso escolar (bullying), por su origen étnico -otomí-.
La falta de protocolos de actuación por parte de la escuela, no solo contribuyó a la agresión, sino que, impidió una correcta y oportuna atención médica, de ahí que, el menor de edad se encuentre internado por quemaduras de tercer grado.
El acoso y violencia escolar, es un fenómeno común en los entornos escolares de nuestro país, que afecta por igual a niñas, niños y adolescentes, sin distinción de edad, etnia o nivel socioeconómico.
Según datos de la Organización para el Desarrollo Económico y la Cooperación (OCDE), 28 millones de estudiantes de nivel básico, tanto de escuelas públicas como privadas han sufrido acoso y violencia escolar, revelando, además, que el índice de ocurrencia de bullying entre estudiantes de México es el más alto entre 34 países evaluados.
Además, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), advirtió que al mes se registran 52 suicidios infantiles, de los cuales el 15% se vinculan con acoso escolar.
Hasta aquí, valdría la pena analizar algunos puntos que nos permitan identificar la problemática y las responsabilidades.
Primero, respecto de las agresiones en centros educativos, no es factible culpar solo a los menores agresores, de ser así, se evadiría atribuir responsabilidad alguna, por omisión, a quienes cuidan de las escuelas.
Segundo, existe una relación de corresponsabilidad entre padres y educadores, quienes deben establecer canales de comunicación que prevengan situaciones de agresión escolar.
Y tercero, las autoridades judiciales son las únicas que deben intervenir en casos graves como el mencionado, en tanto asumen la responsabilidad estatal de operar mecanismos jurídicos para la protección a la infancia y eventual prevención de la violencia en los centros educativos.
Ahora bien, para poder tener en claro este tema es necesario conocer las diferencias que se dan entre el acoso y la violencia escolar, ya que, a primera vista, pueden parecer lo mismo.
Un estudiante se convierte en víctima de acoso escolar cuando está expuesto, de forma reiterada y a lo largo de un tiempo, a acciones negativas llevadas a cabo por otro u otros estudiantes; aquí la víctima es atacada en un marco de desequilibrio de poder y de fuerza colocándola en un estado de indefensión e intimidación.
En cambio, la violencia escolar conlleva una afectación más grave, que se traduce en el uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho o como amenaza, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones. Aquí la violencia se puede dar de profesor contra alumno (viceversa) y entre compañeros.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, integra ambos conceptos para definir el bullying o acoso escolar, como todo acto u omisión que de manera reiterada agreda física, psicoemocional, patrimonial o sexualmente a una niña, niño, o adolescente; realizado bajo el cuidado de las instituciones escolares, sean públicas o privadas.
Una vez que tenemos claro la dimensión que existe entre los actos de acoso y violencia escolar, podemos dar paso a resolver sobre la responsabilidad que se tiene al no contar con un marco institucional que contribuya a la prevención y eliminación de la violencia en los centros educativos.
En cuanto a la responsabilidad, es común que solo se culpe a los agresores, en una visión adultocéntrica se les deja de observar cómo menores de edad y se les reprocha como adultos; sin embargo, no se toma en cuenta que las conductas que despliegan son gestadas en el seno familiar.
Muchos de estos menores agresores, son criados con actitudes negativas, carentes de afecto y dedicación; bajo un grado de permisividad de los padres ante las conductas negativas, estos menores no conocen límites; los métodos de afirmación autoritaria, que se usa en ellos, están basados en el castigo físico y el maltrato emocional.
Estas circunstancias generan más agresividad porque las ponen en práctica, de ahí que resulte lógico que al interiorizarlas se incremente el riesgo de que esos menores se conviertan en personas agresivas con los demás. No se puede dejar de lado la responsabilidad parental.
Por otro lado, la existencia de responsabilidad en las escuelas, se genera por la omisión de cuidado (negligencia), ya que es obligación de las instituciones educativas garantizar espacios seguros para que los menores puedan cursar sus estudios libres de agresiones y vejaciones.
La adecuada supervisión y vigilancia de lo que ocurre en los centros escolares es algo legítimamente exigible a profesores y directivos. Por tanto, no es exagerado hacerlos responsables por los daños que los menores hayan sufrido bajo su cuidado, mismos que pueden evitarse si los centros escolares actúan diligentemente.
Ahora bien, como se mencionó en párrafos anteriores, no se puede dejar de lado la responsabilidad parental. Cuando de forma temprana se tiene conocimiento de situaciones de acoso escolar, se debe generar desde la corresponsabilidad canales de comunicación y estrategias entre los docentes y los padres de los menores involucrados.
De tal forma, que en conjunto definan las medidas a seguir y se vigile la implementación y seguimiento de estas, pero sobre todo que se evidencien la toma de acciones que los centros educativos tendrán que llevar a cabo para detener la violencia.
Por otra parte, en lo que toca a las autoridades, si bien, el ámbito judicial es el encargado de resolver controversias e imponer sanciones cuando el acoso y la violencia escolar trasciende a una afectación mayor, hay que tener en claro que no son los únicos responsables que deben intervenir.
El Estado -como ente gubernamental- está obligado a adoptar medidas eficaces para superar actitudes y prácticas de cualquier tipo de violencia.
El tema de acoso y violencia escolar, al no estar definido en las legislaciones estatales, ha impedido el acceso a la justicia y a la protección de los menores de edad víctimas de estas conductas.
Además, no existen procedimientos claros de denuncia y sanción, inclusive en algunas entidades federativas, no hay recursos dispuestos para llevar a cabo programas de prevención. Como exigir a los centros educativos garantías de cuidado, si hasta el Estado ha sido omiso.
Para finalizar, como sociedad es necesario, dejar de considerar que los actos de acoso y violencia escolar, han sido, y siguen siendo, parte integrante de la experiencia escolar, propia de la dinámica del patio de recreo y de la lección de vida en la que se aprende a “resistir”, a “defenderse», a “hacerse respetar» e incluso a devolver el golpe.
Abordar esta compleja situación en su justa dimensión, sin minimizarla, es sin lugar a dudas la mejor opción para contribuir con la prevención y eliminación del acoso y violencia escolar.
*Guia para prevenir el acoso escolar, Bullying en el ambiente escolar, Qué es y cómo afrontarlo. UNICEF