JUEGO DE PALABRAS/ Apreciaciones de la CIDH sobre la reforma judicial

YANETH TAMAYO ÁVALOS

SemMéxico, Querétaro, Querétaro. Uno de los mayores cuestionamientos de la reforma judicial recae, en la elección popular de juzgadores, esta circunstancia ha generado un debate sobre los alcances no contemplados al implementar este mecanismo de designación.

Debates en los que el Poder Legislativo han reflejado, por una parte; el desconocimiento hacia los derechos humanos y los tratados internacionales a los que estamos vinculados; y por otra, la resistencia a escuchar razones y fundamentos, sobre el riesgo que representa tal reforma en el acceso de justicia, la independencia judicial y por su puesto a la democracia.

Situación, que ha escalado al ámbito internacional, en donde, ni siquiera las observaciones de países aliados y organismos como la OEA, han bastado para la adopción de medidas que contrarresten la crisis jurídica y política ocasionada por las reformas constitucionales.

Riesgo y lecciones aprendidas en otros países

Las decisiones de los órganos de protección del Sistema Interamericano (Corte y Comisión Interamericana de Derechos Humanos) nos aportan algunos elementos sobre los casos sometidos a su jurisdicción, en donde la independencia judicial ha sido reducida por procesos de reformas judiciales, selección de jueces y extinción de los órganos encargados de administrar la rama judicial.

Estas experiencias comparten la complejidad de adoptar medidas como la elección popular y los jueces sin rostro, pero también, sobre los riesgos a los que se han enfrentado los países en temas de acceso a la justicia y democracia.

En este sentido, el Sistema Interamericano ha sido claro en advertir que la implementación del voto popular para la elección de jueces, magistrados y ministros representan un riesgo en el acceso a la justicia.

En especial, por los déficits democráticos que presentan los países y por los niveles de corrupción que se incrementan cuando el poder se concentra en una sola figura política.

Entre los principales problemas que presenta la implementación del sistema de elección popular, se encuentra el abstencionismo ciudadano, la nulidad de las elecciones por no cumplir con la idoneidad y la capacidad judicial y el exceso de recurso económico para los comicios judiciales.

Situaciones que impactan de forma directa en el acceso a la justicia, ya que la falta de elecciones o la nulidad de estas, generan vacantes en los cargos de juzgadores que se extienden de forma indefinida; además, el retardo en la impartición de justicia por falta de jueces, ocasiona que los plazos judiciales se prolonguen por más tiempo de lo habitual; en especial, los casos sometidos al sistema penal por violencia de género y el derecho a la libertad de expresión.

Este retardo en los plazos judiciales, ha sido utilizado como medio para justificar las investigaciones y la prisión preventiva contra presos políticos.

Otro aspecto a considerar, es la politización de los candidatos y de los juzgadores electos, quienes en su mayoría suelen ser partidarios del grupo político en el poder. Esta circunstancia, genera otra serie de dificultades para la impartición de justicia, ya que las decisiones judiciales se ven limitadas.

Primero, porque al politizar la elección de los juzgadores se suelen ignorar las reglas de idoneidad y capacidad judicial, esto provoca una alta posibilidad de que las decisiones judiciales se emitan con alteraciones en la aplicación en la ley, ya sea por instrucción o ignorancia.

Y segundo, porque al institucionalizar la justicia existe una mayor posibilidad de mercantilizar el sistema judicial y por ende los índices de corrupción tienden a elevarse.

Estos escenarios son los que han contribuido al declive del Estado de derecho en los países que han adoptado este sistema judicial.

Algunos ejemplos son Perú, Venezuela, Ecuador, Argentina y Honduras, en estos países se ha eliminado la independencia judicial y la separación de poderes, con la finalidad de llevar a cabo golpes de Estado, dictaduras militares, abusos en el estado de excepción, represión estatal, jueces sin rostro para justificar las sanciones a presos políticos y para realizar acuerdos entre grupos políticos que buscan evitar y anular juicios, en especial, contra presidentes y expresidentes.*

Estos casos reflejan las consecuencias de anular la independencia judicial, la crisis por la concentración de poderes y por la vulneración del Estado de derecho en coyunturas políticas específicas.

*https://www.corteidh.or.cr/tablas/r38231.pdf

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