Ciudad de México, 06 de junio (entresemana.mx). Petróleos Mexicanos (Pemex) debe buscar y dar a conocer copia de la autorización del financiamiento que obtuvo por parte de las compañías Barclays, SMBC y Banorte para la compra de la refinería Deer Park, así como del contrato, mediante el cual se solicitó el pr{estamo, los intereses a pagar y toda la información relacionada con la operación.
Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el caso en ante el Pleno, la comisionada Josefina Román Vergara afirmó que la compraventa de la refinería involucró también recursos público que, de acuerdo con Pemex, involucró el apoyo financiero del Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin) y el otorgamiento de una garantía corporativa de la empresa estatal para respaldar el contrato de un crédito puente.
Por tanto, al haber recursos públicos involucrados, la información debe ser de la máxima transparencia y ser sujeta a rendición de cuentas para verificar el cumplimiento, tanto de las acciones implementadas por el gobierno de México en el sector energético como de las operaciones de los fideicomisos y fondos, en este caso del Fonadin”, sostuvo.
Resaltó la importancia de conocer la información, pues se relaciona con uno de los compromisos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, que es el rescate del sector energético.
Román Vergara relató que la información referida fue solicitada por una persona, con base en una nota periodística del 23 de diciembre de 2021, titulada “Barclays, SMBC y Banorte financiarían a Pemex en compra de refinería Deer Park”.
La paraestatal respondió que el contrato fue suscrito por la filial P.M.I. Comercio Internacional, por lo que el documento y toda la información vinculada obra en poder de esa empresa; respuesta que no satisfizo al solicitante, quien se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI.
Al analizar el caso, la comisionada hizo notar que se omitió consultar a la Dirección Jurídica, encargada de dirigir la función jurídica e institucional de Pemex, sus empresas productivas subsidiarias y filiales.
Se determinó también que, a pesar de que el contrato de compraventa fue suscrito por P.M.I. Comercio Internacional y Shell Oil Company, Pemex funge como controladora de las empresas tenedoras de la participación de la filial P.M.I.; incluso, firmó el acuerdo para la compra del porcentaje restante de la participación de Shell en la refinería.
La excusa presentada por Pemex en el sentido de que no podría entregar documento por no obrar en sus archivos, no es válida, cuando es evidente que sí tiene injerencia en estos actos jurídicos, tan es así que el sujeto obligado ha difundido las operaciones en torno a la compra”, señaló la comisionada.
Con base en ello, el pleno del INAI revocó la respuesta de Pemex, a fin de que realice una nueva búsqueda, con criterio amplio, en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a las Direcciones Corporativas de Planeación, Coordinación y Desempeño; y de Finanzas, así como a la Dirección Jurídica, y entregue las expresiones documentales que den cuenta de la información requerida.