>> El SLA se integra por distintas instituciones que están facultadas para diseñar, en conjunto, políticas públicas de combate a la corrupción, aseguró María del Carmen Nava, Comisionada del INFO CDMX
>> Recordó que México se ubica en el lugar 124 de 180 países evaluados, de acuerdo con datos publicados por el Índice de Percepción de la Corrupción de 2021 realizado por Transparencia Internacional
Ciudad de México, 30 de enero (entresemana.mx). El Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX) revocó, por unanimidad, la respuesta que entregó la Fiscalía General de Justicia capitalina (FGJCDMX) a una persona, quien solicitó saber cuáles son las acciones implementadas para cumplir con las facultades del Comité Coordinador del Sistema Local Anticorrupción (SLA).
De acuerdo con el recurso de revisión número INFOCDMX/RR.IP.2548/2021, una persona pidió información sobre las acciones implementadas en el ejercicio de las facultades de la FGJCDMX dentro del Comité Coordinador del Sistema Local Anticorrupción de la capital de país, toda vez que es competente dado que la Fiscalía Anticorrupción pertenece a dicho Comité.
Al exponer el caso ante el Pleno, la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina comentó que el Comité Coordinador se integra por la Auditoría Superior de la capital, la Secretaría de la Contraloría local, el INFO CDMX, el Tribunal de Justicia Administrativa de la capital del país, el Congreso de la Ciudad de México, el Consejo de Evaluación de la CDMX, la Fiscalía Anticorrupción y el Consejo de la Judicatura local.
“Recordemos que el Sistema Local Anticorrupción se integra por dos distintas instituciones que están facultadas para diseñar en conjunto políticas públicas de combate a la corrupción, y para generar indicadores que permitan su evaluación. Además, sirve para recabar las denuncias ciudadanas sobre corrupción, las cuales se tramitan a través del Comité de Participación Ciudadano (CPC)”, afirmó.
Refirió la importancia del tema porque, en materia de combate a la corrupción, “México se ubica y está estancado en el lugar 124 de 180 países evaluados”, de acuerdo con los datos publicados por el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) de 2021 realizado por Transparencia Internacional.
De acuerdo con Nava Polina, la Fiscalía General está en posición de conocer las acciones implementadas para cumplir con la Ley Local Anticorrupción, toda vez que la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción es integrante del Comité Coordinador del Sistema Local.
Explicó que las decisiones de este Comité son tomadas en colegiado, como se establece en el artículo 8 de dicha ley.
En respuesta, la Fiscalía General de Justicia, indicó que era parcialmente competente para responder, “señaló que la información obra en poder de la presidencia del Comité Coordinador, es decir del CPC y a los sujetos obligados que integran el Comité. Inconforme con la incompetencia manifestada, la persona solicitante interpuso un recurso de revisión ante este Instituto”.
Nava Polina añadió que fortalecer la transparencia, la fiscalización, el control, la prevención, así como disuasión de faltas administrativas y actos de corrupción, requiere de esfuerzos institucionales que permitan ser evaluados por las personas para su retroalimentación.
“En ese sentido, la información solicitada es fundamental para la rendición de cuentas de quienes integran el Comité Coordinador y, con ello, conocer sus resultados”, aseguró.
Expresó que para este 2022 el Congreso de la Ciudad de México consideró prever un presupuesto para el funcionamiento correcto del Sistema Local Anticorrupción, así que es de relevancia poder contar con los elementos institucionales necesarios, y la información es pieza clave para poder combatir a la corrupción.
Por ello, toda vez que la información solicitada es de interés público, el Pleno del INFO CDMX, revocó la respuesta de la Fiscalía General de Justicia, e instruir para que realice una búsqueda exhaustiva; así como orientar y remitir la solicitud vía correo electrónico institucional, al resto de los integrantes del Comité Coordinador, quienes también son competentes para conocer de la solicitud de información que hoy nos ocupa.