Ciudad de México, 07 de agosto (entresemana.mx). La Oficina de la Presidencia de la República debe informar sobre la encuesta que sirvió de base para la iniciativa con la que se busca eliminar el horario de verano en México, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Adrián Alcalá Méndez consideró de la mayor relevancia conocer la forma en que se llevó a cabo esta encuesta, la metodología utilizada y los resultados obtenidos.
De esta forma, la sociedad estará en condiciones de opinar y de conocer los argumentos que sustentan la iniciativa que presentó el titular del Ejecutivo Federal para la eliminación del horario de verano y, sobre todo, por su impacto en los residentes de la frontera norte del país, afirmó.
Alcalá Méndez recordó que en 1996, se publicó el Decreto por el que se establecieron estos husos horarios estacionales, teniendo como motivos principales: la disminución de la demanda de energía eléctrica, reducción en el consumo de combustibles utilizados en la generación de energía eléctrica, disminución en la emisión de contaminantes, menor consumo de energía eléctrica, abatir costos de producción y proteger el ingreso familiar, así como mayor número de actividades a la luz del día que generan condiciones de seguridad pública.
En el caso concreto, una persona solicitó a la Oficina de la Presidencia de la República la versión pública de la encuesta que hizo u ordenó la Secretaría de Gobernación (Segob) sobre la aceptación ciudadana del horario de verano, y que presuntamente sirvió de base para que el titular del ejecutivo anuncie la propuesta de eliminar dicha medida.
En su respuesta, el sujeto obligado manifestó su incompetencia y le sugirió al particular que dirigiera su solicitud a la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Gobernación.
Inconforme con la respuesta del sujeto obligado, el particular presentó ante el Inai un recurso de revisión. En alegatos, la Oficina de la Presidencia de la República reiteró la incompetencia y defendió la legalidad de su respuesta inicial.
Del análisis realizado por la ponencia a cargo del comisionado Adrián Alcalá Méndez, se advirtió que el sujeto obligado cuenta con diferentes unidades administrativas con el objeto de poder aportar mejores elementos para la toma de decisiones.
Enfatizó que el mismo jefe del ejecutivo ha aceptado, explícitamente, contar con esta encuesta que motivó la solicitud del particular, por lo que consideró que debe darse el acceso a la misma, ya que se encuentra en posesión del sujeto obligado.
Además, la información que constituye la base documental que sustenta cualquier decisión de carácter administrativo, debe ser dada a conocer a la sociedad, a efecto de favorecer un efectivo ejercicio de rendición de cuentas, de conformidad con lo previsto en la propia Ley General y de la Ley Federal de Transparencia.
En virtud de lo expuesto, el Pleno del Inai revocó la respuesta de la Oficina de la Presidencia de la República para que asuma competencia y se pronuncie sobre la información solicitada por el particular, concretamente sobre la encuesta que sirve de base para la iniciativa a efecto de eliminar el horario de verano en México.