Facultades a cercenar en la Suprema Corte

DULCE MARÍA SAURI RIANCHO*

SemMéxico, Mérida, Yucatán. Las mujeres somos “daño colateral” de las recientes reformas a la Constitución. Me refiero en concreto, a aquellos cambios que despojan al Poder Judicial, particularmente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de sus facultades para revisar los actos del legislativo, es decir, la elaboración y aprobación de las leyes.

Las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales son ambas “hijas” de la transición democrática.

Las primeras, introducidas en el artículo 105 constitucional en enero de 1995, dieron facultad a la Corte para proteger los derechos de las minorías a discrepar o de plano, enfrentar, decisiones de la mayoría en el Congreso de la Unión. Revertir la determinación del voto mayoritario de una ley aprobada en la Cámara de Diputados o de Senadores es un asunto mayor.

Decisiones

Por esa razón se exige hasta la fecha, que sea una mayoría de ministras y ministros, ocho de 11 para ser exacta, para “expulsar” del sistema normativo a alguna ley o reforma que contravenga el orden constitucional.

Al ejercer la facultad de revisar y resolver las acciones de inconstitucionalidad, la SCJN se vuelve garante del absoluto respeto a la Constitución en cada uno de los actos del Poder Legislativo, siempre y cuando se configure ese tercio de oposición que los impugne. Que incomoda, sin duda. No solo a las y los legisladores de la mayoría, también al Ejecutivo. Ocurrió en el sexenio recién concluido, también en periodos anteriores.

Solo un ejemplo: en 2017, durante la administración de Enrique Peña Nieto, la Ley de Seguridad Interior fue declarada inconstitucional, a pesar del intenso cabildeo realizado ante la SCJN por los otros dos poderes. Situaciones semejantes se presentaron en los últimos años en materia energética, intervención de las fuerzas armadas permanentes en funciones de seguridad pública, entre otras.

Encono

Llamo su atención, amigos lectores, sobre dos cuestiones que incrementaron el encono de la presidencia de la república y de su mayoría en las cámaras en contra de ministras y ministros de la Corte. La primera se gestó cuando la Corte ejerció su facultad de revisar el apego o no de esas leyes o sus reformas a las convenciones internacionales que el Estado mexicano ha suscrito, puesto que desde 1995, éstas tienen el mismo rango que la propia Constitución.

Me detengo brevemente en este importante tema: la jerarquía de las leyes y la supremacía constitucional.

Revisar reformas de ley, confrontarlas con el cumplimiento de la Constitución es una facultad que proviene de casi tres décadas atrás. Pero en 2011 se realizó la más amplia y profunda reforma en materia de Derechos Humanos. A partir de la misma, jueces y magistrados están obligados a considerar en sus sentencias y resoluciones las distintas obligaciones acordadas en los tratados de derechos humanos suscritos por el Ejecutivo y ratificados por el Senado de la república.

De esta manera, por ejemplo, la Convención para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra las Mujeres, más conocida por sus siglas CEDAW, se volvió parte integral del sistema constitucional mexicano.

La segunda cuestión está relacionada con la revisión del proceso legislativo. Significa que la SCJN puede indagar en una acción de inconstitucionalidad cómo se aprobó la ley o reforma impugnada, y si se ajustó a los ordenamientos internos de la Cámara de Diputados o del Senado.

Acciones

Varias acciones han prosperado cuando la Corte considera que hubo ausencia de “deliberación democrática”, es decir, que por la vía de los hechos se silenció a la oposición al no darles oportunidad de conocer y estudiar las iniciativas, que son resueltas y aprobadas apresuradamente por la mayoría.

La iniciativa de reforma presentada por los presidentes de los máximos órganos de gobierno de las cámaras de Diputados y de Senadores quería eliminar a las convenciones internacionales de Derechos humanos del entramado constitucional del país. Que quedaran como “plato de segunda mesa”, sin la obligación de ser consideradas en las resoluciones judiciales con la misma fuerza jurídica que la Constitución.

Fue mayúsculo el escándalo, tanto que hasta la presidenta Sheinbaum matizó… y los coordinadores parlamentarios retrocedieron, pero solo en ese punto. En contrapartida, cercenaron de tajo la facultad de la SCJN de considerar las fallas en el proceso legislativo como causa de inconstitucionalidad.

De ahora en adelante, nadie puede revisar el proceso para aprobar las leyes por el poder Legislativo. O sea, “palo dado, ni Dios lo quita”.

Peligro

El riesgo es enorme. Imaginemos una iniciativa, por ejemplo, para modificar el sistema de ahorro para el retiro, una especie de confiscación de las cuentas individuales de millones de trabajadores. Se presenta a las 11, se dispensa su turno a comisiones, se pone a discusión y votación de inmediato. A las 3 de la tarde, el sistema de las Afore han desaparecido. Pasa a la otra cámara, que sigue el mismo procedimiento acelerado. Al tercer día todo está consumado. Y ya no habrá poder que tenga atribuciones para anular la determinación que, para redondear, sería publicada de inmediato en el Diario Oficial de la Federación.

Asumámoslo: la mayoría de Morena y sus aliados políticos pueden hacer lo que quieran con la Constitución de 1917. Adiós “principios pétreos” de Carpizo, todo son arenas movedizas en las que la población más pobre y vulnerable continuará sufriendo la injusticia. Eso significa cercenar las facultades de la SCJN que, con su nueva composición por voto directo, poco podrá hacer más que inclinarse ante el quien tenga más poder: económico, político, incluyendo al crimen organizado.

Autocontención

El único camino inmediato sería la autocontención. Pero ni la presidenta Sheinbaum ni sus exadversarios por la candidatura presidencial de Morena, ahora convertidos en coordinadores de ambas cámaras y presidente del Senado, han intentado frenar la espiral de deterioro del estado de derecho en nuestro país. Por el contrario, día a día echan leña al caldero, como si quisieran los hombres “cocinar” a la primera mujer titular del Ejecutivo federal. Y una vez logrado su propósito, sentarse al banquete del poder sin cortapisas. ¿Qué sigue? No tengo respuesta, solo sé que cualquier salida hay que construirla.

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*Licenciada en Sociología con doctorado en Historia. Exgobernadora de Yucatán

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