>> Cofepris es la institución responsable de autorizar el uso de vacunas, destacó Norma Julieta del Río Venegas, comisionada INAI.
>> El INAI no puede ni debe permitir que las autoridades ignoren las solicitudes de información de la ciudadanía sobre las vacunas que aplicarán a menores.
Ciudad de México, 19 de diciembre (entresemana.mx). Por no atender el requerimiento de información solicitada por un ciudadano a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) en torno a las condiciones de la Autorización Temporal de Uso de Emergencia de la vacuna “Pfizer-BioNtech COVID-19 Vaccine”, en menores de 5 años, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al organismo entregar la información pública.
Al respecto, Norma Julieta del Río Venegas, señaló “el INAI, es el organismo encargado de abrir esa información para el aprovechamiento y el conocimiento público, no puede ni debe permitir que las autoridades ignoren las solicitudes de información de la ciudadanía sobre las vacunas que aplicarán a nuestras niñas y niños de este país. Eso, no se puede negar”, afirmó.
Recordó que la Cofepris, como órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Salud, es la institución responsable de autorizar insumos, medicamentos y el uso de vacunas.
La comisionada afirmó que la petición del solicitante en ningún momento vulnera información coyuntural gubernamental.
“Este nuevo panorama no se contrapone o interfiere con las campañas de vacunación de la Secretaría de Salud para inmunizar a la población contra el COVID-19 y la influenza. La más reciente campaña que forma parte de la Política Nacional de Vacunación comenzó el 16 de octubre y finalizará el 31 de marzo del año que entra, por lo cual, aprovecho esta exposición para recordar a quienes nos acompañan la importancia de cumplir con el esquema y así preservar el bien más importante que tenemos, que es nuestra salud”, manifestó.
Ante ello, el Pleno del INAI determinó revocar la respuesta de la Cofepris e instruirle hacer una nueva búsqueda congruente y exhaustiva de la información en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Subdirección Ejecutiva de Fármacos y Medicamentos, la Dirección Ejecutiva de Farmacopea y Farmacovigilancia, la Dirección Ejecutiva de Autorización de Productos y Establecimientos y la Comisión de Autorización Sanitaria, con el propósito de entregar a la persona solicitante la resolución de su interés.
Refirió que, el pasado 7 de diciembre, la Comisión autorizó que las vacunas actualizadas de las empresas Pfizer y Moderna contra COVID-19 se puedan ofrecer al público en farmacias y establecimientos autorizados de México, una decisión que, dijo, marca un parteaguas al establecer una regulación que prioriza el acceso a las vacunas, eliminando cualquier necesidad de intermediario o gestor con el usuario, como se vivió al inicio de la pandemia.