SALVADOR MARTÍNEZ GARCÍA. El comercio bilateral entre México y Estados Unidos mantiene importante dinamismo con un repunte en el 2021 del 23.19 por ciento para alcanzar una cifra global de 661 mil 185 millones de dólares.
Con esta cifra se dejó atrás el desplome comercial padecido en el 2020 por la depresión causada por el Covid-19 en todo el mundo.
Con estos resultados México se mantuvo en el segundo lugar como principal socio comercial de Estados Unidos con una diferencia de apenas 3 mil 606 millones de dólares de Canadá, que alcanzó un comercio bilateral con su vecino del sur por 664 mil 771 millones de dólares.
Dentro de estas cifras México consiguió un incremento de 18.3 por ciento anual en las exportaciones a Estados Unidos que representa la mayor alza en 11 años.
Es de destacarse que el tercer socio comercial de Estados Unidos es la pujante China, con un comercio bilateral por 657 mil 432 millones de dólares, con solo pequeña diferencia de Canadá y México, países que durante este año volverán a competir sobre cuál es el principal socio comercial de la potencia económica más grande del mundo.
SUSURROS
El debate sobre la reforma eléctrica es intenso y en su argumentación han privado más los intereses de grupo que los de la soberanía nacional.
Muchas son las voces que sostienen que la reforma eléctrica contraviene al T-MEC, pero olvidan que México se reservó en dicho tratado el derecho soberano de reformar su Constitución y legislación interna en materia de energía y por tal razón este estratégico sector quedó fuera del tratado trilateral de América del Norte, como bien lo aclaró el abogado general de la CFE, Raúl Jiménez Vázquez, en el foro de Parlamento Abierto de discusión en el Senado.
Para Almudena Otero de la Vega, abogada de Litigios Estratégicos en la Coordinación de Asuntos Contenciosos de la CFE, hay tres estándares o principios relevantes en el T-MEC: “nación más favorecida, trato nacional y nivel mínimo de trato”, y la iniciativa de reforma no viola ninguno de estos principios.
Además, el en el T-MEC se explica claramente que las acciones regulatorias no discriminatorias no constituyen expropiaciones indirectas y de acuerdo con el capítulo 14.5 del tratado la iniciativa presidencial no tiene tales efectos ni favorece inversiones de un país en especial.
Asimismo, se garantiza la libre competencia sin distinción en un 46 por ciento de la generación eléctrica. Que no los engañen.
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