Ciudad de México, 06 de septiembre (entresemana.mx). A petición del ministro ponente y a cargo del proyecto Luis María Aguilar Morales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó al jueves 8 de septiembre la votación respecto a la prisión preventiva oficiosa.
El ministro Aguilar Morales solicitó posponer la resolución a fin de analizar los posicionamientos de los ministros y con base en ello determinar si retira el proyecto para replantearlo con sus consideraciones.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, accedió a la petición a fin de escuchar en la sesión del jueves convocada a las 11:00 horas la réplica de Luis María Aguilar respecto a la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa y adelantó que también se votará el amparo a revisión, cuyo proyecto está cargo de la ministra Norma Piña.
Luis María Aguilar puntualizó que “en lo que estamos aquí interpretando es cómo ver los derechos humanos a la luz de la Constitución frente a la propia Constitución porque ya se han señalado diversos artículos que se deben de tomar en cuenta, cómo entenderlos en relación de las propias normas constitucionales”.
“Vamos a levantar la sesión para que el próximo jueves podamos escuchar su réplica y dependiendo de lo que nos diga, veremos la ruta a seguir, pero sí quiero avisar que el jueves votaremos necesariamente el proyecto de la señora ministra Norma Piña que es de una enorme relevancia y aunque podría pensarse que va implícito con el primer asunto tiene sus propias peculiaridades”, dijo Zaldívar.
La PPO iba a quedar en sus términos actuales
Hasta antes de que concediera el aplazamiento los ministros de la SCJN habían desechado, por ocho votos en contra y apenas tres a favor el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que buscaba “inaplicar” el artículo 19 de la Constitución y con ello invalidar la prisión preventiva oficiosa.
El proyecto no alcanzó la mayoría calificada que requería de ocho votos de los ministros de la Corte. A favor del proyecto del ministro Aguilar votaron sus pares Norma Lucía Piña Hernández y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
En contra, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Alberto Pérez Dayán, Ana Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Lo anterior, dado que la víspera, los ministros Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Pérez Dayán y González Alcántara, ya habían expresado su oposición, por lo que solo se requería de un voto en contra, para desechar el texto, al no alcanzar la mayoría calificada de al menos ocho votos a favor.
Luego de más de dos horas, el Pleno discutió la medida cautelar que establece que toda persona que sea vinculada a proceso por alguno de los 16 delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución, deberá de ser privada de su libertad de forma automática, para evitar que evada la justicia y garantizar su comparecencia ante un juez.
La prisión preventiva oficiosa está prevista en el referido artículo 19 de la Constitución, así como en el artículo 167 Código Nacional de Procedimientos Penales, las fracciones I. II y III, del artículo 5º de la Ley de Seguridad Nacional, así como del artículo 2º de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.