TERESA GIL
Si el artículo 127 constitucional se refiere a los funcionarios de la Federación y el Poder Judicial es uno de los integrantes de ese supremo poder de acuerdo al artículo 49 de la propia norma, es claro que el mandato del primer artículo atañe a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y adláteres de ese poder. De acuerdo a la carta de respuesta de la Corte al Presidente, en torno a los salarios, cada poder puede hacer lo que le da su gana. Más tratándose de ganar dinero. Son autónomos y se lesiona su independencia, dice, si alguien de otro poder le fija el límite de su salario. Ahora sabemos de donde pescó Lorenzo Córdova esa idea sobre el enorme salario que ganaba un simple burócrata que jamás había sido sometido a las urnas, igual que los señores de la Corte, simples señalados por el dedo. En las reformas a las que fue sometido el artículo 127, anteriores a este gobierno, el salario está sujeto al presupuesto federal y ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República. En la carta de respuesta al Presidente que fue enviada de la Secretaría General de Acuerdo de la Corte, a la Secretaría de Gobernación, en la que se señala que los ministros ganan 206 mil 948 pesos, colocan como beneficiario al presidente aparte del salario nominal hasta del agua que se toma en Palacio Nacional. No hacen mención, de todo el arsenal en capitales que tienen ellos, ni de los fideicomisos, mucho menos de los enormes aguinaldos que se aplican el fin de año y de los gastos diarios en comidas caras y otros lujos. Desde esa perspectiva la Suprema Corte no solo comete desacato al violar el 127 constitucional, sino que afecta la economía del pueblo al concentrar en unas cuantas personas grandes capitales frente a un trabajador que apenas alcanza los cinco mil pesos mensuales.
¿EN QUE CONSISTE LA AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA DE LA SUPREMA CORTE’?
Cada poder tiene sus respectivas prerrogativas y obligaciones, pero en los últimos años la Corte ha ampliado sus funciones invadiendo sectores que corresponden al ejecutivo. Uno de ellos fue la intervención en asuntos de gran complejidad como la liberación de la presunta secuestradora Florence Cassez, en una intervención directa del ejecutivo Felipe Calderón y ministros de la Corte, ante el gobierno de Francia. En otros momentos han intervenido en asuntos de crímenes masivos y recientemente, cuando era presidente, Arturo Zaldívar se movía como pedro por su casa en reclusorios femeninos presuntamente para intervenir en algunos casos de mujeres presas no sentenciadas. Rosario Robles al parecer entre ellas. Son simples ejemplos que se encumbren en su propia potestad, pero que por si mismas son funciones que rebasan sus ámbitos, aunque estén incorporados en la ley
LA CORTE ALCAHUETEA CON AMPAROS A ORGANISMOS VIOLADORES DE SALARIOS
Desde julio de 2022, se dieron a conocer los organismos públicos que tienen amparos permanentes que les concede el Poder Judicial, para impedir que se les aplique el artículo 127 constitucional. El propio titular de la Procuraduría Federal del Consumidor Ricardo Sheffield, dio los nombres del INE, INAI, INEGI, Cofece, IFT, Banco de México, el propio Fiscal General, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa entre otros, cuyos titulares estaban amparados. Eso les ha permitido durante cinco años ganar a veces hasta el doble del propio presidente. Dinero que debería de ser obligado a ser restituido. En la misma respuesta de la carta al enumerar lo que implica el salario presidencial, de 157 mil 658 pesos, la propia Corte reconoce que ganan más los ministros que el presidente, 206 mil 948 pesos, ya mencionados. Aún con el aumento que hace de todas las minucias que implican el salario presidencial, cada ministro lo rebasa con casi 50 mil pesos.