Ciudad de México, 14 de julio (entresemana.mx). El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica , Radiodifusión y Telecomunicaciones, le concedió una suspensión definitiva a Iberdrola Energía Monterrey (IEM) contra la resolución de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que en mayo pasado la sancionó con 9 mil 145 millones de pesos por vender a terceros en forma ilegal energía generada bajo la figura de autoabastecimiento.
El efecto de la medida cautelar es para que no se ejecute el cobro de la multa histórica que se le interpuso a Iberdrola.
Con base en lo previsto en los artículos 125, 132 y 144 de la Ley de Amparo, se resuelve: Único. Se concede la suspensión definitiva de los actos que reclama de las autoridades responsables señaladas en su escrito de demanda, por los motivos expuestos en el considerando tercero de esta resolución”, señala el acuerdo del juez Ramón Lozano
Bernal.
El impartidor de justicia programó la audiencia constitucional para el 1 de septiembre de este año, donde resolverá si le otorga el amparo a la
empresa.
Por ello el juez le concedió la suspensión luego de que acreditó y otorgó la garantía que establece el artículo 135 de la Ley de Amparo, el cual establece que las suspensiones contra cobro de contribuciones sólo surtirán efectos si se garantiza el monto respectivo, salvo casos donde el
quejoso compruebe que se excede su capacidad económica.
A finales de mayo la CRE aprobó la RES/466/2022, la cual multa a Iberdrola Energía Monterrey (IEM), titular del permiso de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002, luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) señaló a la firma privada de cobrar por la electricidad que generaba en la planta.